A través de un proyecto de Ley, el diputado Gustavo Vignali propuso que la provincia de Buenos Aires se adhiera al Título 1 de la Ley Nacional 27.348 complementaria de la Ley Sobre Riesgos de Trabajo, que anexiona la actuación de las Comisiones Médicas como primera instancia a la que el trabajador debe recurrir ante el reclamo de una indemnización por enfermedad, accidentes u otros infortunios laborales.
La mencionada Ley fue aprobada -por amplia mayoría- el 15 de febrero del presente año y contó con el consenso de diversas organizaciones sindicales, patronales y compañías aseguradoras.
El legislador oriundo de Rojas asegura que dicha modificación persigue el objetivo de “salvaguardar los derechos individuales de los trabajadores en situación de dependencia, asegurar la salubridad y sanidad de los puestos de trabajo y la protección en los daños de su salud derivados de la prestación de servicios en ocasión de trabajo o enfermedades relacionadas con las tareas desarrolladas”.
De esta manera, a partir de la implementación de las Comisiones Médicas como instancia administrativa previa a dar curso a cualquier acción judicial, se le otorga un mayor protagonismo a la figura estatal como ente controlador y defensor de los derechos laborales. El diputado, mediante su proyecto, enfatiza que esta ley “pretende ser el punto de partida de una política de Estado conjunta entre el Gobierno Nacional y las Provincias con la protección de la salud de los trabajadores”.
La reforma que establece la Ley 27.348 nace entonces como acción superadora de la legislación anterior poniendo a disposición del trabajador un mecanismo más eficaz en cuyo procedimiento “será competente la comisión médica jurisdiccional correspondiente al domicilio del trabajador, al lugar de efectiva prestación de servicios por el trabajador o, en su defecto, al domicilio donde habitualmente aquel se reporta”, tal como lo expresa la normativa señalada.