PERGAMINO,
Mayo 21 (www.PergaminoCiudad.com.ar)
El Gobierno de Pergamino a través de la Dirección de Rentas informó que está en
vigencia la primera etapa del Plan de Regularización de Deudas Municipales
tanto para tasas, derechos, contribución de mejoras y/o resultantes de
convenios celebrados con anterioridad, vigentes o caducos o en condiciones de
ser caducados, con descuento total de multa por omisión y descuentos parciales
de recargos moratorios según diversas modalidades u opciones tanto para deudas
comunes como en gestión judicial.
Los
interesados podrán acogerse hasta el 30 de junio para la etapa 1 del Plan de
Facilidades de pago, la más ventajosa.
El
principal beneficio es para quienes cancelen en forma total su deuda en pago
contado con una bonificación del 40% de descuento en intereses. Se sigue
repitiendo la opción de que ese valor pueda ser confirmado en un plan de pago
con cheques diferidos, en tantos pagos como meses resten para terminar el año.
Otros
beneficios del plan son las distintas opciones de pago 9, 18, 24 y 60 cuotas.
Se agregó una reprogramación de los planes de pago celebrados con anterioridad
y que por algún motivo el contribuyente dejó de pagar algunas cuotas,
permitiéndose regularizar esta situación.
También
las deudas del Impuesto Automotor Municipalizado pueden ingresar en el plan de
organización.
Los
interesados en esta moratoria deberán acercarse a las oficinas de la Dirección
de Rentas ubicadas en Florida 831, de lunes a viernes en el horario de 07,15 a
13,15 hs. La moratoria también abarca las deudas en gestión judicial y para tal
fin la atención se brinda en la oficina de Asesoría Letrada Municipal que
funciona en el cuarto piso del Edificio del Correo, Echevarría 707 aunque aquí
el descuento en todos los casos es 20 puntos menos que las deudas sin gestión
judicial. Mientras que los interesados en las tasas de derechos de cementerio
deberán hacerlo en la Administración del mismo.
La moratoria
Pago
contado total – Opción 1 -: Se establece para aquellos contribuyentes que
cancelen totalmente su deuda vencida un descuento en los Recargos Moratorios
según cronograma. Además se estipula y como opción dentro de la presente
modalidad la posibilidad de que el contribuyente pueda cancelar el monto de la
liquidación de contado total en hasta 9 pagos mensuales, iguales y consecutivos
afianzando la obligación mediante la entrega de cheques de pago diferido, con
la salvedad de que el vencimiento de la última cuota no podrá exceder el mes de
diciembre de 2013. Queda facultado el Departamento Ejecutivo a instrumentar la
cancelación de esta modalidad de plan mediante adhesión por parte del
contribuyente a sistema de PAGO DIRECTO (débito automático) con la condición
de, a su vez, incorporar las cuotas regulares al sistema.
Pago
contado parcial 50% – Opción 2 -: Se establece para aquellos contribuyentes que
cancelen como mínimo la mitad más uno de los períodos adeudados de su deuda
vencida en un descuento computable respecto del monto regularizado en los
Recargos Moratorios según cronograma.
Pago
contado fraccionado – Opción 3 -: Se establece para aquellos contribuyentes que
cancelen una cantidad de cuotas vencidas inferiores a la opción 2 un descuento
computable respecto del monto regularizado en los recargos moratorios según
cronograma.
Planes
de pago – Opción 4 -: Se establece la posibilidad de acceder por parte de los
contribuyentes a un plan de pagos de hasta 9 cuotas mensuales iguales y
consecutivas o de hasta 18 cuotas mensuales iguales y consecutivas o de hasta
24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas por deudas vencidas donde obtendrán
un descuento en los Recargos Moratorios según cronograma o a un plan de pagos
que exceda las 24 cuotas y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas
sin aplicación de descuentos en los Recargos Moratorios. El interés de
financiación a aplicar a estos planes es de 1% mensual en los planes de hasta
9/18/24 cuotas y el 1,5% mensual en los planes que exceden las 24 cuotas y
hasta 60 cuotas.
Plan
reprogramación – Opción 5 -: Se establece la posibilidad por parte de los
contribuyentes de acceder durante todo el presente ejercicio a una
reprogramación de su plan de pagos ya celebrado en condiciones de ser caducado
o no, incluyendo en la misma la deuda exigible y no exigible, siendo factible
confeccionar un nuevo plan con las distintas opciones que se articulan en esta
Ordenanza. Además estará contemplado como opción que pueda incluir períodos
comunes devengados y adeudados. El descuento en los Recargos Moratorios será
aquel que se estipule según cronograma.
Plan
automático – Opción 6 -: La Ordenanza faculta al Departamento Ejecutivo a
establecer hasta Diciembre de 2013 para las deudas sin gestión judicial de
tasas de Red Vial, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Servicios
Sanitarios, Alumbrado Público un plan automático de hasta 6 cuotas mensuales y
consecutivas para las deudas vencidas a una fecha determinada por el mismo
Departamento. El mismo tendrá el descuento en los Recargos Moratorios según
cronograma. Este plan con su opción de acogimiento y pago podrá ser enviado al
domicilio del contribuyente y/o puesto a disposición en la web municipal y se
considerará que el mismo aceptó el plan con el pago de la primera cuota.
Plan
Web – Opción 7 -: Se faculta al Departamento Ejecutivo a implementar plan de
pagos en cuotas con un descuento del 100% en los Recargos Moratorios y sin
interés de financiación por las tasas que se dispongan cuya obligación será que
el contribuyente lo genere desde la web municipal, estarán comprendidas las
deudas menores a $ 2.000 sin gestión judicial. A su vez se determinará la fecha de inicio y finalización
de la opción, la cantidad de cuotas, su periodicidad, y toda otra cuestión
atinente al mismo y el plan se considerará aceptado y reconocida la deuda con
el pago de una de las cuotas del mismo.
En
los casos en que los contribuyentes accedan a opciones en las que afiancen las
obligaciones con la entrega de cheques de pago los mismos serán recibidos por
la Tesorería Municipal emitiendo esta un recibo provisorio de cheques
diferidos.
En
todas las opciones o modalidades, la deuda en gestión judicial podrá ser
regularizada independientemente de la deuda común que se registre, siendo
facultad de la Asesoría Letrada aceptar o denegar la elección del contribuyente
por una opción o modalidad, y además en este caso la aplicación de descuentos
en los recargos Moratorios para las opciones de regularización a la que acceda
será inferior en 20 puntos a los descuentos originales del programa. Además en
estos casos podrá realizarse liquidaciones por título ejecutivo o demanda.
Los
planes encuadrados en esta Ordenanza estarán en condiciones de ser caducados
cuando se registre un atraso de tres cuotas consecutivas o cinco cuotas
alternadas. Los pagos efectuados hasta la caducidad, en ese caso, se imputarán
a las obligaciones más antiguas deducidas de la deuda actualizada a la fecha de
la caducidad.
Se
establece la posibilidad de que los contribuyentes con convenios de pagos
celebrados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza puedan optar
por condiciones más ventajosas de esta, tomándose los pagos efectuados en la
forma descripta en el párrafo anterior.
Asimismo
el Departamento Ejecutivo tendrá la facultad de prorrogar la fecha establecida
como fin de la etapa 1 (30 de junio de 2013) con los corrimientos de fechas
necesarios y concordantes, y además podrá prorrogar por el primer trimestre del
ejercicio 2014 las condiciones de pago que se establecen para el mes de
diciembre de 2013.
Cronograma de descuentos
Los
porcentajes de descuentos en los Recargos Moratorios según etapa y opción son
los siguientes:
Etapa
1 – vencimiento 30 de junio de 2013: Opción 1 – contado total 40%; Opción 2 –
contado parcial 30%; Opción 3 – contado fraccionado 10%; opción 4 - planes de
pago, de hasta 9 cuotas 25%, de hasta 18 cuotas 20% y de hasta 24 cuotas 15%;
Opción 5 – reprogramación 30%.
Etapa
2 a Etapa 8 – julio a diciembre de 2013 con vencimientos al cierre de cada mes:
Opción 1 – contado total; Opción 2 – contado parcial 50%; Opción 3 – contado
fraccionado; opción 4 - planes de pago; Opción 5 – reprogramación.
El
descuento de los Recargos Moratorios para estas opciones decrecerá en 5 puntos
al cierre de cada etapa a partir del porcentaje que se aplica en la etapa 1, no
siendo nunca inferior a 5%.
Plan automático
El
descuento en los Recargos Moratorios será igual a aquel que se corresponda con
la opción 1 para el mes de emisión del plan.
En
todos los casos de instrumentación de planes de pagos la cuota número 1 vencerá
dentro del mes en que se celebre dicho plan.
El
Departamento Ejecutivo tendrá la facultad de aplicar la presente Ordenanza con
las deudas que se registren por Impuesto Automotor Municipalizado.
Se
establece la posibilidad de cancelar la totalidad de las cuotas no vencidas de
convenios celebrados descontando el interés de financiación contenido en cada
cuota.
Todas
las liquidaciones del Plan comprobantes 27/28/29/30 o los que lo reemplacen,
serán realizados al último día hábil del mes en curso.
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